Vacaciones no disfrutadas por baja laboral: ¿Cuáles son tus derechos?

Estás de baja médica y, cuando te reincorporas, descubres que no has podido disfrutar tus vacaciones. ¿Significa eso que las pierdes? ¿Puedes reclamarlas o se compensan de alguna manera? Este escenario es más habitual de lo que parece y genera muchas dudas. En este artículo, de la mano de nuestro equipo de abogados laboralistas, te explicamos qué dice la ley sobre las vacaciones no disfrutadas por baja laboral, cómo actuar en estos casos y qué puedes hacer si tu empresa no reconoce tus derechos.

¿Qué ocurre con las vacaciones si estás de baja laboral?

¿Se pierden los días de vacaciones durante una baja médica?

No, no se pierden automáticamente. Si durante el año natural en que te correspondían las vacaciones estás de baja médica, tienes derecho a disfrutarlas más adelante, incluso si ya ha pasado el periodo habitual para hacerlo. La clave está en que la incapacidad haya impedido su disfrute, algo que la normativa laboral contempla.

¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores y la jurisprudencia?

El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores establece que si la baja médica coincide con el periodo de vacaciones, el trabajador podrá disfrutar esos días en una fecha diferente, incluso si ya ha terminado el año natural.

Además, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha confirmado este derecho en varias sentencias, subrayando que la salud del trabajador prevalece sobre la planificación anual de las vacaciones. También el Tribunal Supremo español ha consolidado este criterio, señalando que la baja no puede suponer la pérdida de un derecho esencial como el descanso anual retribuido.

¿Puedo recuperar las vacaciones no disfrutadas por estar de baja?

Baja por incapacidad temporal antes o durante las vacaciones

Tanto si estás de baja antes de que empiecen tus vacaciones como si la baja se inicia durante el periodo vacacional, se considera que no has disfrutado esos días. En ambos casos, tienes derecho a reprogramar tus vacaciones para más adelante. Lo importante es justificar que la baja ha impedido el descanso efectivo.

Por ejemplo, si coges vacaciones en julio y te pones de baja a mitad de mes, esos días a partir de la baja no cuentan como vacaciones disfrutadas, y puedes solicitarlos de nuevo una vez te reincorpores.

Plazos legales para disfrutar las vacaciones una vez reincorporado

Una duda frecuente es: ¿cuánto tiempo tengo para reclamar o disfrutar esas vacaciones pendientes? Según la ley, el plazo general es de 18 meses desde que finaliza el año en que se generaron. Es decir, si tus vacaciones eran de 2024 y estuviste de baja, puedes disfrutarlas hasta junio de 2026.

Este plazo puede variar según el convenio colectivo o si la empresa ha establecido otras condiciones más favorables. En cualquier caso, si no te han ofrecido esas vacaciones al reincorporarte, tienes derecho a reclamarlas.

¿Qué pasa si finaliza el contrato y no he podido disfrutar mis vacaciones?

Indemnización por vacaciones pendientes

Si tu contrato termina y aún tienes vacaciones generadas pero no disfrutadas por estar de baja, la empresa está obligada a compensarlas económicamente. Esto se incluye en el finiquito y se calcula en función de los días pendientes. La ley reconoce este derecho aunque ya no sigas vinculado laboralmente, ya que es un periodo de descanso retribuido no otorgado.

Cómo reclamar los días no disfrutados legalmente si tu empresa no reconoce tus vacaciones pendientes

Puede ocurrir que la empresa no te ofrezca recuperar los días o no te los compense en el finiquito. En ese caso, hay varias formas de actuar:

En primer lugar, es recomendable solicitar por escrito a la empresa que se reconozcan las vacaciones pendientes. Este paso previo deja constancia de tu reclamación y puede resolver el conflicto sin necesidad de ir más allá.

Si no obtienes respuesta o esta es negativa, puedes presentar una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación laboral de tu comunidad autónoma. Este trámite es obligatorio antes de acudir al juzgado y puede servir para alcanzar un acuerdo extrajudicial.

Si la empresa sigue negándose a pagar o a reconocer tus derechos, el último paso es presentar una demanda ante el juzgado de lo social. Contar con el apoyo de un abogado laboralista en este punto es clave para defender con garantías tu derecho a esas vacaciones no disfrutadas.

Diferencias entre distintos tipos de bajas y sus efectos en las vacaciones

Baja común vs. baja por accidente laboral

Aunque ambas se consideran incapacidad temporal, la baja por accidente laboral tiene una protección más amplia en algunos aspectos. Sin embargo, en lo que respecta a las vacaciones, ambas permiten su recuperación si no han podido disfrutarse durante el tiempo de baja. Lo relevante es que haya imposibilidad efectiva de disfrutar el descanso.

Además, en el caso de accidentes laborales, la empresa debe extremar la precaución y facilitar que el trabajador recupere sus derechos tras la reincorporación, incluidas las vacaciones.

Baja por maternidad o paternidad y derecho a vacaciones

Las bajas por nacimiento y cuidado de menor también dan derecho a recuperar vacaciones si estas coinciden con el permiso. En estos casos, la ley es muy clara: las vacaciones no se pierden y pueden disfrutarse incluso una vez finalizado el año natural, sin límite de 18 meses. Es una excepción importante que refuerza la protección de la conciliación familiar y laboral.

¿Cuándo es recomendable acudir a un abogado laboralista?

Si has solicitado tus vacaciones pendientes y la empresa se niega o guarda silencio, es aconsejable buscar asesoramiento jurídico cuanto antes. Un abogado podrá analizar tu caso, revisar tu convenio colectivo y ayudarte a presentar la reclamación de forma correcta.

También es muy útil contar con asistencia legal si tu contrato está por finalizar y no te incluyen las vacaciones en el finiquito, o si necesitas acreditar ante un juez que tu baja médica coincidió con el periodo vacacional.

Disfrutar tus vacaciones es un derecho, incluso tras una baja. En Amagna Legal, te ayudamos con ello.

Las vacaciones no son un beneficio, sino un derecho reconocido por ley, incluso cuando una baja médica se cruza en el camino. Si te han quedado días pendientes por esta causa, puedes reclamarlos, reprogramarlos o incluso recibir una indemnización, según tu situación concreta.

En Amagna Legal sabemos que este tipo de situaciones pueden ser confusas, y por eso te ofrecemos un acompañamiento cercano, profesional y efectivo para que no renuncies a lo que te corresponde. Contacta con nuestro equipo y te ayudamos a hacer valer tus derechos laborales.

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