La incapacidad laboral es una de las situaciones más delicadas para cualquier trabajador. Cuando un problema de salud impide seguir desarrollando la actividad profesional, entran en juego derechos laborales, prestaciones económicas y evaluaciones médicas complejas. En esta guía, nuestro equipo de abogados especialistas en derecho laboral, te explica de forma clara los tipos de incapacidad existentes, sus grados y cómo puedes solicitarlos legalmente.
¿Qué es la incapacidad laboral?
Definición legal y finalidad
La incapacidad laboral es una situación reconocida legalmente en la que una persona no puede desempeñar su actividad profesional debido a limitaciones físicas o psicológicas. Su finalidad es proteger al trabajador que ha perdido total o parcialmente su capacidad laboral, garantizando prestaciones económicas y asistencia sanitaria según el grado y duración del problema.
Diferencia entre incapacidad laboral y baja médica común
Aunque muchas veces se confunden, no son lo mismo. La baja médica (o incapacidad temporal) es una situación provisional en la que el trabajador se recupera de una enfermedad o accidente y se prevé su reincorporación. Durante este tiempo, recibe una prestación económica mientras permanece en observación o tratamiento.
Por otro lado, la incapacidad laboral, en especial en su modalidad permanente, implica que el trabajador no podrá retomar su empleo habitual o ningún trabajo en condiciones normales, y por tanto necesita una protección más estable. La diferencia clave está en el carácter temporal o permanente del impedimento y en la intensidad de las limitaciones funcionales.
Tipos de incapacidad laboral en España
Incapacidad temporal (IT)
La incapacidad temporal es la más frecuente. Se concede cuando el trabajador está impedido para trabajar por enfermedad o accidente, pero con previsión de recuperación. Durante este periodo, se tiene derecho a una prestación económica y a la reserva del puesto de trabajo por un máximo de 365 días, prorrogables 180 más si hay posibilidades de mejoría.
Existen dos tipos de IT: por contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral) y por contingencias profesionales (accidente de trabajo o enfermedad profesional). El origen influye en quién paga y cuánto se percibe.
Incapacidad permanente parcial
Este grado se reconoce cuando el trabajador sufre una disminución del rendimiento laboral superior al 33 %, pero aún puede seguir trabajando en su profesión habitual. No implica dejar de trabajar, sino que se reconocen unas secuelas permanentes que afectan al desempeño, y se otorga una indemnización económica única, no una pensión mensual.
Es una figura especialmente común en lesiones físicas o sensoriales que no impiden del todo el trabajo, pero lo dificultan de forma notable.
Incapacidad permanente total
Se reconoce cuando el trabajador no puede seguir desempeñando su profesión habitual, aunque sí podría dedicarse a otra distinta. En este caso, se percibe una pensión mensual del 55 % de la base reguladora, que puede incrementarse al 75 % en mayores de 55 años sin expectativas de empleo en otro sector.
Este grado busca permitir que la persona pueda reorientar su carrera profesional, pero con un apoyo económico por la pérdida de su trabajo habitual.
Incapacidad permanente absoluta
La incapacidad absoluta se concede cuando la persona no puede realizar ningún tipo de trabajo, ni en su profesión ni en otras. Esta situación da derecho a una pensión del 100 % de la base reguladora, exenta de IRPF y compatible con determinadas ayudas.
Este grado suele reconocerse en casos graves: enfermedades degenerativas, trastornos psicológicos severos o secuelas incapacitantes tras un accidente.
Gran invalidez
Es el grado más alto de incapacidad. Se otorga cuando el trabajador, además de no poder trabajar, necesita ayuda de otra persona para las actividades básicas de la vida diaria: aseo, movilidad, alimentación, etc.
En estos casos, se percibe una pensión del 100 % de la base reguladora más un complemento adicional, destinado a cubrir el coste de los cuidados personales. Supone una protección reforzada para las situaciones más vulnerables, tanto desde el punto de vista económico como asistencial.
¿Qué grados de incapacidad existen y cómo se valoran?
Cómo se determina el grado de afectación
El grado de incapacidad no depende únicamente del diagnóstico médico, sino de cómo esa enfermedad o lesión limita tu capacidad para trabajar. Se valora si puedes seguir realizando tu profesión habitual, si puedes desempeñar otra distinta o si estás incapacitado para cualquier tipo de empleo.
Para determinarlo, se analiza el estado físico o psicológico, la evolución previsible, la edad del trabajador, su formación, su historial laboral y la adaptación a posibles nuevos puestos. No es una simple cuestión médica: se estudia también desde una perspectiva socio-laboral.
Valoración por el tribunal médico o EVI
El órgano encargado de evaluar y proponer el reconocimiento de la incapacidad permanente es el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Este equipo está formado por médicos inspectores, especialistas y personal jurídico.
Tras analizar los informes médicos y realizar una entrevista o revisión clínica, el EVI emite un dictamen-propuesta, que sirve de base para que el INSS resuelva si se reconoce la incapacidad y en qué grado. Esta resolución puede ser impugnada si no se está de acuerdo con el resultado.
Compatibilidad con el trabajo y pensión asignada
No todas las incapacidades implican dejar de trabajar por completo. Por ejemplo, en la incapacidad total puedes realizar empleos distintos al habitual, y en la parcial puedes seguir en tu puesto con ciertas limitaciones. Solo en los grados de absoluta y gran invalidez se restringe por completo la actividad laboral.
La pensión que se concede varía según el grado, la base reguladora y la causa (común o profesional). Además, en algunos casos es compatible con ingresos por actividades compatibles o prestaciones adicionales, aunque siempre con ciertas condiciones.
Cómo solicitar una incapacidad laboral paso a paso
Documentación necesaria y requisitos médicos
Para iniciar el proceso, debes presentar ante el INSS una solicitud oficial de incapacidad permanente, acompañada de informes médicos actualizados, el historial clínico y toda la documentación laboral y administrativa que justifique tu situación.
Es clave que los informes estén bien detallados, que describan cómo afecta tu estado a tu trabajo habitual y que provengan tanto de especialistas públicos como privados si es necesario.
Evaluación por el INSS y tiempos de resolución
Una vez presentada la solicitud, el INSS deriva el expediente al EVI, que valorará tu caso y realizará —si lo considera necesario— una entrevista o revisión médica. Tras ese análisis, el INSS tiene un plazo máximo de 135 días hábiles para emitir una resolución.
La notificación llegará por escrito, indicando si se reconoce o no la incapacidad, el grado, la fecha de efectos y el importe de la pensión, si procede.
¿Qué hacer si te deniegan la incapacidad?
Si te deniegan la incapacidad o el grado reconocido es inferior al que corresponde, puedes presentar una reclamación previa en el plazo de 30 días hábiles. Si la Seguridad Social la desestima, podrás acudir a la vía judicial ante el Juzgado de lo Social, con apoyo de un abogado laboralista.
¿Cuánto se cobra por una incapacidad laboral?
Cuantías según tipo y base reguladora
La pensión se calcula sobre una base reguladora que depende de las cotizaciones previas, la edad y la causa de la incapacidad (común o profesional). A partir de ahí, se aplica un porcentaje según el grado:
- 55 % para incapacidad total
- 100 % para incapacidad absoluta
- 100 % + complemento en gran invalidez
- Indemnización única en incapacidad parcial
Las cuantías varían en cada caso, por lo que es fundamental hacer un estudio personalizado para conocer con exactitud lo que te corresponde.
¿Es compatible con otros ingresos o pensiones?
En ciertos grados, sí. Por ejemplo, la pensión por incapacidad total es compatible con empleos que no coincidan con la profesión habitual. La parcial permite seguir en el mismo trabajo. La absoluta y la gran invalidez, en cambio, limitaciones mucho mayores, aunque en ocasiones se permiten ingresos puntuales o ayudas compatibles.
En Amagna Legal te ayudamos a tramitar tu incapacidad laboral con garantías
En Amagna Legal sabemos que solicitar una incapacidad es un proceso complejo, largo y, a menudo, frustrante. Por eso te acompañamos desde el primer informe médico hasta la resolución final, incluyendo recursos o demandas si te la deniegan injustamente.
Nuestro equipo te asesora con claridad, sin tecnicismos innecesarios, y defiende tus derechos frente a la Seguridad Social. Estudiamos tu caso, recopilamos pruebas médicas, gestionamos los trámites y te representamos si es necesario ante el juzgado. Porque tu salud y tu futuro laboral merecen una defensa firme y cercana.
Preguntas frecuentes sobre la incapacidad laboral
Depende del grado de incapacidad que te hayan concedido. Si tienes una incapacidad parcial, puedes seguir en tu puesto habitual con limitaciones. Si es incapacidad total, puedes trabajar en una profesión distinta a la habitual. En cambio, en los casos de incapacidad absoluta o gran invalidez, no puedes realizar actividad laboral alguna, salvo excepciones muy concretas y justificadas. En todos los casos es clave consultar antes de aceptar un empleo, ya que ejercer una actividad incompatible puede suponer la pérdida de la pensión o sanciones.
La Seguridad Social puede revisar tu situación en cualquier momento, sobre todo si existe previsión de mejoría o si el INSS lo considera necesario. Estas revisiones las realiza de nuevo el EVI, y pueden derivar en mantenimiento, mejora, empeoramiento o retirada de la pensión. Por eso es importante acudir a las revisiones con informes médicos actualizados y demostrar que sigues cumpliendo los requisitos que justificaron el reconocimiento de la incapacidad.
Sí. Aunque ambos pueden acceder a la incapacidad laboral, los requisitos y las bases de cotización son diferentes. En el caso de los autónomos, es común que las bases sean más bajas, lo que se traduce en pensiones más reducidas.
Además, algunos grados de incapacidad pueden ser más difíciles de demostrar para autónomos que no tienen un oficio definido o trabajan por cuenta propia en múltiples tareas. Aun así, también tienen derecho a protección, y en muchos casos, se puede acreditar la pérdida de capacidad con la documentación adecuada.