Delitos contra la seguridad vial

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Delitos contra la seguridad vial

¿Qué tipo de delitos puedo cometer con mi vehículo?

Los delitos clásicos son conducir bajo los efectos del alcohol o drogas, conducir 60km en vía urbana o en 80km en vía interurbana por encima de la velocidad permitida. Para que sea delito la tasa que arroje la prueba de alcoholemia tiene que ser superior a 0,60mg/litro, porque de lo contrario, será una multa administrativa.
Otros delitos muy habituales son conducir sin puntos del carnet o con el carnet retirado por orden judicial. También negarse al requerimiento de los agentes a someterse a las pruebas de alcohol o drogas constituye un delito con penas de prisión de 6 meses a 1 año.

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¿Cuál es el procedimiento por delitos contra la seguridad vial?

En la mayor parte de los casos, la persona denunciada será citada a un juicio rápido que se celebrará en los 15 días siguientes al día de los hechos. En dicho juicio rápido puede reconocer su responsabilidad en cuyo caso le rebajarán un tercio la pena que solicite el Fiscal. Si existen fallos en el atestado policial o no queda probada su participación debe declarar negando las acusaciones que le imputan, en cuyo caso el juez de instrucción lo absolverá o le citarán para otro juicio en el juzgado de orden superior donde ya no disfrutará del tercio de rebaja que le ofrecían en el juicio rápido.

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¿En qué tenemos que fijarnos en el atestado policial?

Para conseguir la absolución hay varios elementos en los que tenemos que prestar especial atención. El principal es la fecha de la última revisión del etilómetro, que no es otra cosa, que el instrumento donde soplas cuando te hacen el control de alcoholemia. Para que el resultado que arroje el etilómetro sea válido tiene que haber sido revisado dentro del último año para garantizar que esté en perfectas condiciones. De lo contrario, no es prueba válida y se puede obtener la absolución.

Otras partes a tener en cuenta del atestado policial es que hayan transcurrido al menos 15 minutos entre la primera y la segunda prueba de alcoholemia. El resultado definitivo será el más bajo de los dos.

Ejemplo ilustrativo: si en la primera prueba el resultado es de 0,68 mg/litro, pero si transcurridos 15 minutos el etilómetro arroja un resultado de 0,57 mg/litro no existirá delito al no sobrepasar el umbral de 0,6 mg/litro.

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